Ley Orgánica de Protección Datos Personales de prevé
un importante régimen sancionador en caso de infracción de la normativa.
Las sanciones administrativas por infracciones graves, cuya competencia recae en la Autoridad de Protección de Datos pueden alcanzar el 17% del volumen de negocio de la entidad, correspondiente al ejercicio económico inmediatamente anterior al de imposición de la multa.
A modo ejemplificado, se considera infracciones graves:
No suscribir contratos de confidencialidad y manejo de datos personales con el personal que acceda a datos personales.
No implementar mecanismos destinados a mantener la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia de los datos personales.
No implementar medidas preventivas en la seguridad de los datos personales a efectos de evitar vulneraciones.
Este régimen sancionatorio tan fuerte tiene su origen en el europeo donde el equipo legal de iData Protection goza de una importante y reconocida experiencia. Por ello, nuestros abogados especializados pueden ser vuestros mejores aliados para evitar sanciones de este calibre.
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